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Resolución 1529 de 2026: la PILA les abre la puerta a tres nuevos tipos de cotizante

CARLOS A. PULIDO N.
CARLOS A. PULIDO N. 8 min de lectura

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Los recicladores de oficio, independientes que trabajan por días y empleados que no salen de inmediato del régimen subsidiado. Así cambia desde agosto 2026 el aporte a la seguridad social en Colombia

Por CARLOS A. PULIDO N. | Contador Público / Auditor Financiero

25 de agosto de 2026 • 8 min de lectura • Categoría: Nómina / Seguridad Social / Tributario

En la experiencia de liquidar la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) de empresas que trabajan con personal por días, contratistas informales u organizaciones comunitarias, me he encontrado varias veces con el mismo inconveniente, el sistema (PILA) simplemente no tenía una casilla para estos grupos. La Planilla Integrada de Liquidación de Aportes fue diseñada pensando en el empleado de nómina, y todo lo que se salía de ese molde (el reciclador afiliado a una asociación, la persona que trabaja diez días al mes, el empleado que consigue trabajo formal pero no puede darse el lujo de perder su subsidio de salud de un día para otro) terminaba forzado en una categoría que no encajaba del todo, o quedaba directamente por fuera del sistema. La Resolución 1529 de 2026 del Ministerio de Salud y Protección Social le pone, por fin, nombre propio a esas tres realidades.

El contexto: qué modifica la Resolución 1529 y por qué aparece ahora

La resolución fue expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social y modifica los Anexos Técnicos 2 y 3 de la Resolución 2388 de 2016, esta norma define la estructura operativa del PILA: los tipos de aportante, los tipos de cotizante, las reglas de validación entre campos y las tablas de coherencia que usan los operadores de información (Aportes en Línea, SOI, ARUS, entre otros) para aceptar o rechazar una planilla.

¿Qué significa esto en la práctica?, esto significa que la resolución no crea beneficios nuevos de la seguridad social ni modifica las tarifas generales de cotización; lo que hace es ampliar el contenido técnico de la planilla para que refleje relaciones laborales y económicas que ya existían en la calle, pero que el sistema no sabía nombrar. Por eso trae tres cotizantes nuevos, un tipo de aportante adicional (el 17, exclusivo para pagadores de organizaciones de recicladores), nuevas validaciones de identidad (incluido el permiso por protección temporal PEP-TUTOR) y un formulario adicional, la planilla W, para que las entidades públicas liquiden ajustes retroactivos de vigencias anteriores.

La resolución no inventa beneficios nuevos: le da número, casilla y validación en la PILA a relaciones laborales que ya existían, pero que el sistema no sabía clasificar.

Los tres nuevos tipos de cotizante…

Cada uno de estos cotizantes resuelve un vacío distinto, y conviene tenerlos claros porque entran en vigor en fechas escalonadas entre agosto de 2026 y abril de 2027:

  • Cotizante 74 – Reciclador de oficio. Permite que las organizaciones de recicladores (asociaciones, cooperativas, precooperativas) reporten y paguen, a través de un nuevo aportante tipo 17, las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Laborales de sus asociados. La cotización se liquida sobre un salario mínimo mensual en clase de riesgo V (la más alta de la tabla), y el operador de información valida al pagador contra un listado oficial que cruza información con la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
  • Cotizante 75 – Dependiente con permanencia en el Régimen Subsidiado. Está pensado para personas de poblaciones en pobreza extrema, pobreza moderada o vulnerabilidad que consiguen un empleo formal. Pueden permanecer hasta seis meses en el régimen subsidiado de salud mientras su empleador cotiza por ellas a pensión, riesgos laborales, caja de compensación, SENA e ICBF. El campo fecha de retiro se vuelve obligatorio, y la información se contrasta contra los reportes semanales que ADRES entrega al operador.
  • Cotizante 76 – Trabajador de tiempo parcial independiente. Es para quienes trabajan por cuenta propia menos de un mes completo y ganan menos de un salario mínimo: aseo por horas, oficios varios, jornaleros, repartidores ocasionales. Permite cotizar a pensión y a riesgos laborales con una base que depende de los días efectivamente trabajados en el mes, en lugar de obligar a cotizar siempre sobre un salario mínimo entero.

La lógica de cotizar proporcional a los días trabajados no es nueva. Ya existía desde el Decreto 2616 de 2013 para trabajadores dependientes por días (el caso clásico del servicio doméstico), y se reforzó en 2025 con la reforma laboral (Ley 2466 de 2025), que habilitó ese prorrateo para dependientes de tiempo parcial mediante el cotizante 51. Lo que sí es genuinamente nuevo en la Resolución 1529 de 2026 no es la fórmula de prorrateo, sino que por primera vez los independientes tienen su propio cotizante (el 76), correctamente diseñado para su caso, en vez de tener que forzar su situación dentro del 51 (pensado para dependientes) o cotizar sobre un salario mínimo completo sin importar cuántos días trabajaran.

Los tres comparten un mismo propósito de fondo: formalizar protección social para trabajadores que hasta ahora quedaban en un limbo, sin forzarlos a asumir cargas que no corresponden a su realidad económica. También comparten un mismo reto operativo, porque el Ministerio no se limitó a crear los códigos: acompañó cada uno con reglas de coherencia que rechazan la planilla si el operador detecta una combinación inválida entre tipo de aportante, tipo de cotizante y los archivos de referencia que la entidad debe consultar. Para el área de nómina esto implica revisar con cuidado los manuales técnicos de su operador de información antes de la fecha de corte, y no solo confiar en que el sistema avise si algo está mal.

Calendario de entrada en vigencia de la Resolución 1529 de 2026 en la PILA.

Caso práctico: así se liquidaría en la vida real

Con el salario mínimo de 2026 en $1.750.905, los números ayudan a ver el impacto real de la resolución.

Ejemplo No. 1: La Asociación de Recicladores Manos que Reciclan tiene 18 personas afiliadas. Antes de agosto de 2026 no tenía ningún mecanismo formal para protegerlas ante un accidente de trabajo: si a un asociado le pasaba algo recogiendo material en la calle, la organización no tenía cómo responder dentro del sistema. Desde el 1 de agosto, la asociación se registra como aportante tipo 17 y reporta a cada asociado como cotizante 74, cotizando en clase de riesgo V (tarifa de 6,96 % sobre el ingreso base). Eso equivale a cerca de $121.863 mensuales por persona, unos $2.193.534 en total por los 18 asociados, pagaderos en el mes siguiente al periodo cotizado.

Ejemplo No. 2: María trabaja por días haciendo aseo en distintas casas. Desde noviembre de 2025, gracias a la reforma laboral, ya podía cotizar de forma proporcional a los días trabajados en lugar de sobre un salario mínimo completo, aunque compartiendo el cotizante 51 con los trabajadores dependientes. En agosto de 2026 completó 10 jornadas. Desde septiembre, ese mismo cálculo se hace bajo su propio cotizante, el 76: sus 10 días caen en el rango de 8 a 14 días, con un ingreso base de cotización para pensión de la mitad de un salario mínimo: $875.452. A la tarifa general de pensión (16 %), su aporte mensual es de aproximadamente $140.072. Para riesgos laborales, la base sigue siendo un salario mínimo completo sobre 30 días, y el aporte a caja de compensación sigue siendo voluntario, a elección de María, en 0,6 % o 2 %. El valor que paga no cambia frente a como venía cotizando desde noviembre de 2025 (la fórmula es la misma); lo que cambia es que su aporte queda registrado con un código exclusivo para independientes, lo que reduce el riesgo de que el operador de información rechace o cruce mal su planilla.

En ambos casos la lógica es la misma: la cotización se ajusta a la capacidad de pago real, en lugar de partir siempre del supuesto de un ingreso de tiempo completo.

Conclusión

La Resolución 1529 de 2026 es, ante todo, una norma de inclusión operativa: no cambia los principios del sistema de seguridad social colombiano, pero le da a la PILA el lenguaje técnico que le faltaba para reconocer a poblaciones que ya trabajaban, ya generaban ingresos y ya corrían riesgos, pero que el formulario no sabía cómo recibir. Para los equipos de nómina y para quienes asesoramos a organizaciones de recicladores, empleadores de población vulnerable o trabajadores por días, el reto de los próximos meses no es entender la norma (eso es lo fácil), sino coordinarse a tiempo con el operador de información para que cada planilla pase las nuevas validaciones desde la primera fecha de corte.

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CARLOS A. PULIDO N.

Contador Público | Auditor Financiero

Finanzas y Negocios CAPEC S.A.S.

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Sobre el autor

CARLOS A. PULIDO N.

Socio Fundador CAPEC · Contador Público / Auditor Financiero

Contador Público con más de 16 años de experiencia liderando procesos de auditoría interna y externa, revisoría fiscal, interventoría financiera y consultoría para organizaciones públicas y privadas. Desde 2011 lidera CAPEC Finanzas y Negocios.

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